En sesión nocturna de este jueves, la Comisión de Puntos Constitucionales aprobó por unanimidad las reformas al artículo 123 constitucional, de esta manera el Fondo de Pensiones para el Bienestar quedaría garantizado como un derecho constitucional de los trabajadores.
Esto revertirá el “zedillazo” que el presidente Ernesto Zedillo aplicó a los trabajadores, quienes a partir de 1997 estaban sujetos a un miserable régimen de ahorro individual.
La iniciativa que recibió 38 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones, contempla que las personas trabajadoras con sesenta y cinco años de edad que empezaron a cotizar a partir del 1° de julio de 1997 en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y las que estén bajo el régimen de cuentas individuales que cotizan en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), tengan una pensión igual al último salario o por hasta 16 mil 777 pesos.
Esta reforma fue uno de los compromisos de la 4T, y aunque fue aprobada por todas las fuerzas políticas, voces del PRI y el PAN cuestionaron las futuras fuentes de financiamiento para el Fondo de Pensiones para el Bienestar.
Entre las fuentes de recursos planteadas para pagar el retiro del pueblo de México están: el pago de las deudas de los estados con el Servicio de Administración Tributaria, las utilidades que administran las fuerzas armadas como el Tren Maya, Mexicana y el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, así como los recursos que resulten de la extinción de aparatos burocráticos como los llamados “órganos autónomos” y la extinción de los millonarios fideicomisos del Poder Judicial.