La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó la liberación inmediata de Juana Hilda González Lomelí, quien pasó 19 años en prisión acusada de participar en el secuestro y homicidio de Hugo Alberto Wallace Miranda. El fallo pone fin a uno de los casos más controvertidos del sistema penal mexicano.
Con cuatro votos a favor y uno en contra, la Primera Sala del máximo tribunal del país declaró inválidas las pruebas que sustentaron su condena desde 2006, al considerar que su confesión fue obtenida bajo tortura.
El proyecto, elaborado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, concluye que toda prueba derivada de una confesión obtenida mediante coerción carece de validez jurídica.
De acuerdo con el expediente, González Lomelí fue detenida por elementos de la entonces Procuraduría General de la República (PGR) y sometida a amenazas de tortura, violación y represalias contra su familia para forzarla a aceptar una versión de los hechos construida por las autoridades.
Tras su confesión, y luego de cateos donde no se había encontrado evidencia, fueron hallados de forma posterior y sospechosa una gota de sangre y una licencia de conducir a nombre de la presunta víctima.
La SCJN también señaló omisiones en la actuación de jueces y fiscales, quienes durante años ignoraron las denuncias de tortura. En su resolución, el tribunal consideró que reponer el procedimiento no era procedente, ya que ello solo prolongaría una violación al debido proceso, por lo que se ordenó la liberación definitiva de la acusada.
El caso Wallace, que durante años fue presentado como un ejemplo de acción efectiva contra el crimen, enfrenta ahora serios cuestionamientos. Isabel Miranda de Wallace, madre de la víctima y figura central en el caso, ha sido acusada por defensores de derechos humanos de haber promovido un montaje con apoyo de autoridades ministeriales y judiciales. Miranda falleció recientemente sin haber enfrentado cargos relacionados con estas acusaciones.
El fallo de la Corte también podría influir en otros casos vinculados, como el de Brenda Quevedo Cruz, quien permanece detenida en circunstancias similares. La sentencia representa una advertencia sobre el uso de la tortura en el sistema de justicia y abre la puerta a una posible revisión de otros procesos marcados por irregularidades.
Pese a las objeciones de la Fiscalía General de la República —que pidió aplazar la discusión por el contexto institucional actual—, la Corte continuó con el análisis del expediente y emitió su resolución. El ministro Jorge Pardo fue el único voto en contra, aunque manifestó reservas sobre la solidez de las pruebas en contra de González Lomelí.
Con esta resolución, la SCJN cierra una etapa relevante en su conformación actual. La decisión sienta un precedente importante en la defensa de los derechos humanos y en la revisión de casos que pudieron haberse construido a partir de prácticas violatorias de la ley.
















