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Lenia Batres acusa a ministros de proteger a Salinas Pliego tras ser excluida del caso

Acusó violaciones al reglamento y denunció un acto de sometimiento a los poderes fácticos

La ministra Lenia Batres Guadarrama abandonó este miércoles una sesión privada de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), luego de que sus integrantes determinaran que estaba legalmente impedida para participar en la votación del amparo en revisión 492/2023, promovido por el empresario Ricardo Benjamín Salinas Pliego.

La decisión fue tomada por unanimidad por los ministros Javier Laynez Potisek (presidente de la Segunda Sala), Alberto Pérez Dayán, Yasmín Esquivel Mossa y Jorge Mario Pardo Rebolledo, quienes consideraron fundada la recusación por “falta de objetividad” de la ministra Batres, al señalar una “enemistad manifiesta” con una de las partes del caso, como establece la ley.

De acuerdo con un comunicado oficial del máximo tribunal, la ministra Batres tuvo oportunidad de exponer sus argumentos antes de la votación, sin embargo, se ratificó el impedimento para que participara en la resolución del amparo, relacionado con las facultades de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) para requerir información bancaria del empresario.

Tras su salida de la sesión, la ministra Batres se pronunció en su cuenta de la red social X, donde calificó como una “abierta violación al Reglamento Interior de la Suprema Corte” la decisión de sus compañeros de Sala.

Asimismo, acusó un presunto acto de “sometimiento y complicidad” de los integrantes de la Corte con “intereses ilegítimos de los poderes fácticos” y aseguró que en próximos días explicará a detalle las razones que sustentan su postura.

Falta de imparcialidad

En su resolución, la SCJN destacó que el principio de justicia imparcial (establecido en el artículo 17 de la Constitución) obliga a los juzgadores a mantenerse ajenos a los intereses de las partes en conflicto.

La Segunda Sala respaldó su decisión enlistando diversas publicaciones de Batres en su cuenta oficial de X, donde ha expresado críticas directas hacia Salinas Pliego. Entre ellas destacan mensajes como:

  • “A Salinas Pliego le preocupa una sola cosa: su negocio. MISERABLE MISERABLE MISERABLE” (18 de abril de 2020).
  • “¿Vale como disculpa pública? Ahora que Salinas Pliego pague los impuestos que debe al país y estamos a mano” (20 de abril de 2020).
  • “Exijo el retiro de la concesión a TV Azteca, URGENTE #RetiroDeConcesiónATVAzteca” (18 de abril de 2020).

La Corte consideró que dichos señalamientos, por su tono y contenido, constituyen una manifestación pública de enemistad que compromete la imparcialidad de la ministra.

El amparo en revisión 492/2023 fue promovido por Salinas Pliego para impugnar las facultades de la UIF, que solicitó a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) toda su información financiera (incluyendo datos bancarios, crediticios y bursátiles) desde el 1 de enero de 2012 a la fecha de la solicitud.

Este asunto se encuentra en el centro de una controversia legal de alto perfil, por las implicaciones que puede tener en el combate a la evasión fiscal y en la rendición de cuentas de grandes empresarios ante las autoridades financieras.

Cabe recordar que recientemente la ministra Batres solicitó al Instituto Nacional Electoral (INE) ser identificada en las boletas de la próxima elección judicial como “la Ministra del Pueblo”, lo que también ha generado polémica en el ámbito jurídico.

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