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No hay “Ley Antimemes”: ¿qué conductas se contemplan y cuáles son las sanciones?

La reforma no establece una prohibición general sobre los memes; delimita conductas relacionadas con el uso comercial de elementos oficiales cuando exista intención de generar confusión sobre el origen institucional de una comunicación o servicio

Foto: Presidencia

La llamada “Ley Antimemes” establece sanciones para el uso indebido de elementos de identidad oficial de instituciones públicas, particularmente cuando estos son utilizados con fines comerciales y bajo determinadas circunstancias.

La medida contempla sanciones de uno a cinco años de prisión, además de una multa de mil a 10 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) vigentes al momento de cometerse el delito.

¿Qué conductas contempla?

La disposición contempla el uso, reproducción, imitación o incorporación de elementos oficiales de instituciones públicas cuando la conducta se realice a escala comercial y tenga como finalidad inducir al error o engaño sobre el carácter oficial de una comunicación, documento, plataforma, servicio o sistema informático.

Entre los elementos que pueden estar contemplados se encuentran:

  • La identidad gráfica institucional.
  • Los dominios electrónicos oficiales.
  • Los documentos oficiales.
  • Elementos que permitan identificar una comunicación, plataforma, servicio o sistema como perteneciente a una institución pública.

La regulación aplica a instituciones de los tres órdenes de gobierno: federal, estatal y municipal.

El uso de un logo no implica automáticamente un delito

Uno de los puntos relevantes es que la norma no establece que cualquier utilización de un logotipo, imagen o elemento gubernamental constituya por sí misma un delito.

Para que se configure la conducta sancionable deben concurrir elementos específicos, entre ellos el carácter comercial, la intención de inducir al error o engaño respecto del carácter oficial y la finalidad de cometer un ilícito.

Por ello, la llamada “Ley Antimemes” no equivale a una prohibición general de crear o compartir memes sobre instituciones o funcionarios públicos. El supuesto que contempla la reforma está relacionado con la utilización indebida de elementos oficiales bajo las condiciones establecidas por la propia legislación.

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